
1. Debido a la llegada al país del virus SARS-COV-2 (COVID-19), así como por la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, la prestación del servicio funerario, además de ser esencial en esta coyuntura, ha sido objeto de regulaciones especiales con el fin de evitar la propagación del virus.
2. A partir de la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria por parte del Ministerio de Salud Protección Social, SERFUNLLANOS-LOS OLIVOS ha establecido los protocolos exigidos a las funerarias y parques cementerios, acatando las directrices ordenadas por las autoridades nivel nacional, departamental y local, en especial aquellas previstas en las “Orientaciones para el manejo,traslado y disposición final de cadáveres por SARS-COV-2 (COVID-19)”,, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, y las circulares de las secretarias de salud departamentales y municipales, los cuales tienen como objetivo disminuir o evitar el riesgo de transmisión y contagio del COVID-19.
3.Se destacan algunos de los aspectos más relevantes sobre las normas establecidas:
•Son las entidades del sector salud quienes establecen si hay causa de muerte sospechosa, probable o confirmada relacionada con Covid-19.
•Una vez se establezca sospecha o confirmación de Covid-19, se activan los protocolos definidos por los entes gubernamentales en donde la familia no debe tener acceso al cuerpo de su ser querido fallecido, dando cumplimiento a las normas de bioseguridad, la funeraria debe trasladar directamente el cuerpo al cementerio, una vez se cumpla con la documentación requerida.
•Para VILLAVICENCIO y su área Metropolitana donde exista horno crematorio, las autoridades dispusieron que se haga prioritariamente cremación del cadáver y en los municipios donde no exista horno se realizará la inhumación en el cementerio local, dando cumplimiento a los procedimientos establecidos en la norma.
•En los casos en que exista sospecha o confirmación de Covid-19 el alistamiento del cadáver se debe realizar siempre en el lugar del deceso y no se permite el traslado hacia otra ciudad o municipio para su disposición final, salvo en las áreas metropolitanas y entre municipios vecinos cuando no existan servicios locales para la disposición final.
De la misma manera se informa que el ministerio de salud y protección social no permite el acompañamiento al cementerio de la familia y a fin de minimizar los riesgos a la salud pública, no se deben realizar rituales fúnebres.
4.Las directrices dadas mediante los decretos expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, por el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de la República, así como de las autoridades departamentales y municipales, son de orden público e involucran al sector funerario, teniendo que ser acatadas de manera obligatoria por todas las personas que hacen parte de dicho sector y por la comunidad en general.
5. De conformidad con las disposiciones enunciadas SERFUNLLANOS LOS OLIVOS cumple con sus partes interesadas y opera su promesa de valor para con sus afiliados atendiendo el servicio funerario y la disposición del ser querido fallecido en su destino final, conforme a lo ordenado por las autoridades de salud, en el entendido que la no prestación de los demás componentes del homenaje en los casos de sospecha o confirmación de COVID 19 obedecen a disposiciones estatales que aplican estrictas normas de bioseguridad.
6.SERFUNLLANOS LOS OLIVOS, lamenta la situación que se presenta a nivel mundial y en Colombia con ocasión de la pandemia COVID -19 y coloca a disposición de la comunidad todo el compromiso, esfuerzo y experticia de su talento humano para orientar y acompañar a la familia en estos momentos tan sensibles y difíciles.
Con especial consideración: ALBA ROCÍO PINZÓN BAHAMÓN Gerente SERFUNLLANOS Los Olivos
COMUNICADO SERFUNLLANOS LOS OLIVOS
*05/26/2020