COMUNICADO SERFUNLLANOS

Villavicencio, 27 de mayo de 2020

Teniendo en cuenta:

1. Que la Organización Mundial de la Salud declaró el 11  de marzo de 2020 que el brote del nuevo coronavirus COVID-19 es una pandemia con una importante velocidad en su propagación.

2. Que mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1753 de 2015, declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por causa del nuevo coronavirus COVID-19 y adoptó una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación del COVID-19.

3. Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, el presidente de la Republica declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término treinta (30) días calendario.

4. Que mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, el presidente de la Republica declaró la continuación del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término treinta (30) días calendario.

5. Que, con fundamento en las anteriores declaraciones, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Guía GIPG08 -a la fecha se encuentra disponible en su Versión No. 04- mediante la cual se impartieron “Orientaciones para el manejo, traslado y disposición final de cadáveres por SARS-CoV-2 (COVID-19)”, dentro de las que se encuentran las siguiente:

a. Se debe evitar la realización de rituales fúnebres que conlleven reuniones o aglomeraciones de personas.

b. Se debe realizar el retiro del cadáver en instalaciones de salud y la disposición final en un tiempo no mayor a 24 horas. Tiempo en el cual se debe procurar por rutas y espacios aislados de transeúntes o personal no relacionado al alistamiento y traslado del cadáver.

c. El traslado del cadáver se hará utilizando la ruta más corta y rápida hacia el cementerio, donde hará la entrega del cuerpo a los responsables del servicio de inhumación o cremación.

d. Se debe limitar al máximo la manipulación del cadáver.

e. El transporte, la cremación o inhumación, según sea el caso, se efectuará en el menor tiempo posible, con el fin de prevenir la exposición de los trabajadores y comunidad general al virus SARS-COV-2 (COVID-19).

f. Se suspende temporalmente la ejecución de autopsias sanitarias, necropsias y tomas de muestras de tejido que no sean estrictamente necesarias, salvo algunas excepciones.

g. En cualquier caso, el alistamiento del cadáver se realizará siempre en el lugar del deceso y no se permite el traslado hacia otra ciudad o municipio para su disposición final, salvo en las áreas metropolitanas y entre municipios vecinos cuando no existen servicios locales para la disposición final.

h. Otros.

En vista de lo anterior, Serfunllanos - Los Olivos, se permite informar a la comunidad en general y especialmente a sus usuarios, que la forma de prestación de servicios funerarios ha tenido diversos cambios, limitaciones y restricciones debido a las medidas impuestas por el Gobierno Nacional, así como por autoridades territoriales para prevenir y controlar la propagación del COVID-19.

De esta manera, determinados servicios, como aquellos que implican reuniones y aglomeraciones de personas, así como aquellos servicios que requieren del uso de objetos o la prestación de servicios complementarios que contraríen los lineamientos previstos para evitar la propagación del coronavirus, no se podrán prestar en la forma usual y tradicional.

Por lo anterior, para conocer más detalles sobre la limitación que sufren nuestros servicios y la manera en que los prestaremos mientras subsistan las restricciones legales, recomendamos comunicarse con nosotros a través de nuestros canales de contacto disponibles en nuestra página web www.losolivos.co o, para mayor comodidad, también pueden contactarnos en los siguientes correos electrónicos y teléfonos:

Línea gratuita nacional: 01 8000 915 286 - contactenosvillavicencio@losolivos.co

SEDE                                        TELÉFONO

Villavicencio                           (8) 668 5286 - 313 418 7751

Acacías                                   321 976 1129

Granada                                  316 875 0850

Yopal                                       316 875 0867

Aguazul                                   317 511 0411

San José del Guaviare             310 334 4277

Inírida                                     311 564 0488

Por último, ratificamos nuestra disposición de servicio con altos estándares de respeto, dignidad y sentido humano para la atención de los seres queridos fallecidos, así como de sus familiares y amigos.

Con especial consideración: ALBA ROCÍO PINZÓN BAHAMÓN

Gerente Serfunllanos Los Olivos

*05/29/2020 Publicación Pagina anterior y migración a nueva 05/11/2020.